La prueba pericial.

La idea que se tiene sobre la prueba, no sólo en el ámbito judicial, si no en toda manifestación de la vida humana, ha avanzado conforme a la evolución paulatina de la sociedad. De modo que, se ha convertido en el pilar fundamental de todo razonamiento; se puede decir que, probar no es otra cosa que demostrar que un hecho ha sucedido de una manera determinada y no de otra, por lo tanto, la conceptualización de este término, estará dada de acuerdo a la actividad y circunstancias en donde se pretende hacer valer.


Por su parte, y en definitiva, la prueba pericial es el medio de comprobación de que las circunstancias ocurrieron en un determinado entorno y, para esto, los peritos son los encargados de realizar tanto la actividad de búsqueda, análisis y comprobación, como el informe pericial, el cual, tiene como fin primordial que se tengan en consideración cuestiones concretas del hecho, poniendo como cimiento aquella percepción especial que, debido a su naturaleza, es realizada por expertos o personas calificadas en la materia, en razón de su técnica o ciencia; 
La prueba pericial ha adquirido una importancia esencial en el sistema de impartición de justicia al servir como mecanismo para introduir en el proceso hechos complejos de naturaleza técnica que no pueden ser interpretados directamente por el Juez. 

A grandes rasgos, es posible definir la prueba pericial como aquella opinión emitida por un
“perito”, en un juicio, relativa a un hecho del proceso que requiere de conocimientos
especiales para ser comprendido a cabalidad y que es relevante a la hora de decidir por el
tribunal

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